Se podrá solicitar la realización de hogueras en suelo urbano hasta el miércoles, 21 de junio

Se acerca la Noche de San Juan y, con el fin de disfrutar de esta mágica celebración de forma segura, el Ayuntamiento de Ingenio, a través de la Concejalía de Medio Ambiente, desea informar a la ciudadanía sobre los trámites y medidas de seguridad necesarios para la realización de las tradicionales hogueras el viernes 23 de junio.

Con el fin de cumplir con las competencias establecidas en materia de empleo del fuego en actividades culturales, se deberá llevar a cabo el correspondiente trámite:

a) En Suelo Urbano, se deberá presentar un modelo de declaración responsable en el Ayuntamiento de Ingenio, indicando la dirección y número de parcela donde se tiene previsto encender la hoguera. Este trámite puede realizarse preferentemente a través de la sede electrónica o de forma presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Ingenio (solicitando cita previa al teléfono 928780076) hasta el miércoles 21 de junio.

b) En Suelo Rústico, será necesario obtener la autorización correspondiente del Cabildo de Gran Canaria, siguiendo las condiciones establecidas en la Resolución de Autorización. Dicha autorización puede solicitarse a través de la sede electrónica del Cabildo o de forma presencial con cita previa. También es posible realizar este trámite desde la OAC del Ayuntamiento de Ingenio, previa cita.

Se ruega a la ciudadanía extremar las precauciones ante la concurrencia o concentración de personas, a fin de evitar riesgos para la salud de la población. Asimismo, se recuerda la prohibición de encender hogueras en playas y zonas de baño del litoral municipal.

Para llevar a cabo las hogueras en suelo urbano, se deberán cumplir con diversas Normas y Recomendaciones de seguridad:
– El montaje de las hogueras se realizará en lugares despejados de masas arbóreas (cercados, fincas etc.), de las que se mantendrá una distancia de seguridad como mínimo de 80 metros. En estos lugares no se permitirán hogueras con una altura y diámetro superior a dos metros.
– En la proximidad de edificaciones, líneas aéreas de servicios, mobiliario urbano, vehículos y con carácter general, en todas las zonas urbanas y/o solares, no se permitirán hogueras con una altura y diámetro superior a un metro. Asimismo, deberá situarse a una distancia mínima de 15 metros de cualquier construcción, carretera, tendido eléctrico, vehículo o instalación. Deberá igualmente respetarse una distancia mínima de 100 metros entre las hogueras.
– Los materiales combustibles serán exclusivamente sólidos quedando prohibidos los elementos de composición plástica, materiales inflamables o explosivos, ni ningún otro tipo de residuos que cuya combustión pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes (neumáticos, goma espumas, aerosoles de cualquier clase, etc.), todo ello en atención de evitar daños a las personas y a los bienes, así como para no dañar al medio ambiente.
– Si el montaje de la hoguera se hiciese sobre zonas asfaltadas o empedradas, deberá protegerse toda la superficie a cubrir más cinco metros, con una capa de tierra o arena de, al menos, quince centímetros.
– La ubicación de las hogueras no entorpecerá en ningún caso los viales de acceso y circulación de la zona y su emplazamiento deberá ser comunicado a la Concejalía de Medio Ambiente
– En el caso de que se lancen artefactos pirotécnicos deberán contar con la correspondiente autorización administrativa, previa la preceptiva solicitud.
– Las personas organizadoras de las hogueras deberán responsabilizarse de una correcta y total extinción, impidiendo en todo momento que los menores entren en contacto con cualquier elemento relacionado con el fuego, debiendo tener siempre en cuenta el viento reinante y el entorno (la no existencia en sus proximidades de cercados, viviendas y vehículos).
– Los agentes de autoridad y personal de Protección Civil vigilarán el estricto cumplimiento de estas disposiciones pudiendo en caso de infracción o cualquier peligro, incluido el meteorológico, prohibir el encendido u ordenar la extinción inmediata de la hoguera.
– El incumplimiento de lo dispuesto dará lugar a las preceptivas sanciones administrativas.

Así mismo se deberá atender a las siguientes indicaciones:
-Las hogueras podrán ser prendidas el día 23 de junio, entre las 18:00 y las 22:00 horas, de cara a respetar un descanso adecuado de los/as vecinos/as. Al finalizar deberá garantizarse que la hoguera queda completamente apagada y que todo queda en condiciones de limpieza y orden, tal y como se encontraba anteriormente.
-Buscar un lugar adecuado, que tenga fácil acceso a los servicios de seguridad y emergencia.
-Limpiar la zona (alrededores de la hoguera) con motivo de eliminar cualquier posibilidad de propagación del fuego. Se desmontarán aquellas hogueras que no reúnan las suficientes garantías de seguridad, por su ubicación, por su contenido o por su peligrosidad.

Por último, ante cualquier incidente o emergencia se deberá utilizar el teléfono genérico de Emergencias (112), el de la Policía Local de Ingenio, Tlf.: 928 78 08 25 o de Protección Civil de Ingenio, Tlf.: 928 78 51 10/ 619 127 371.

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